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Demás ingresos.



Es aquel en el cual las personas físicas obtienen ingresos distintos a los correspondientes en los demás regímenes fiscales que existen para las personas físicas, como ingresos por deudas perdonadas, ganancias cambiarias, derechos de autor percibidos por otros, los provenientes de operaciones financieras derivadas, entre otros.
Si obtuviste algún ingreso similar a los anteriormente mencionados, estás en este régimen.
Si obtienes ingresos de este tipo debes declararlos. Si no estás inscrito en el RFC, debes inscribirte.

Recuerda realizar el pago a cuenta del impuesto anual y presentar la Declaración Anual y si por el ingreso que obtuviste te retuvieron el impuesto, deben emitirte un comprobante fiscal que ampare los pagos y retenciones.
Para presentar tú pago, obtén la línea de captura a través del servicio de Declaraciones y Pagos, para ello recuerda tener a la mano tu contraseña o e.firma.
Para realizar tu declaración anual utiliza: "el aplicativo de Declaración Anual de personas físicas".
Como persona física podrás considerar en tu Declaración Anual deducciones personales como gastos médicos, hospitalarios, dentales, intereses por créditos hipotecarios, servicios profesionales de psicología y nutrición, entre otros. Y si obtienes saldo a favor, puedes solicitarlo en devolución.